Un seguro de vida, como lo hemos indicado anteriormente, es una protección financiera que permite garantizar una atención médica o una cobertura económica a una persona o grupo familiar en caso de que el asegurado fallezca; sabiendo que muchas emergencias se pueden presentar a lo largo de la vida, es necesario tener este tipo de garantías.
Hay que recordar que no existe una fórmula especial para decidir cuál es la mejor aseguradora o qué tipo de póliza es la mejor, solo se debe escoger alguna que cubra con todas las necesidades que se solicitan y además sea una empresa seria que tenga una variedad de pólizas disponibles.
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Contrato de una póliza de seguro de vida
Para Hjalmar Jesús Gibelli Gómez es importante que al momento de firmar o contratar un seguro de vida conozcas los apartados o secciones del contrato para estar al corriente de todo lo que se te indica. Presta
1. Condiciones generales
Debes conocer la parte de una póliza donde se encuentran reflejadas las condiciones generales. Estas se definen como las normas básicas que rigen la relación entre las partes que intervienen en el contrato de seguro. Dentro de estas partes se encuentran involucradas ciertos detalles como lo son:
- La cobertura del seguro y materia asegurada.
- Obligaciones y declaraciones del asegurado.
- Agravación o alteración del riesgo.
- Prima del seguro y consecuencias de su impago.
- Procedimiento de denuncia del siniestro.
- Terminación del seguro.
- Comunicación entre las partes.
Es importante resaltar que las condiciones generales de las pólizas de seguros se pueden dividir en impositivas o dispositivas, esto según la especie de seguro que se quiera contratar, además debe ser aplicables a todos y cada uno de los títulos contratos que celebre el asegurador.
- Las condiciones impositivas son aquellas que se ordenan la ejecución de determinados actos o la abstención de hacerlos, bajo sanción establecida en la propia póliza.
- Las condiciones dispositivas, por su parte, regulan situaciones para el supuesto de no haber normas específicas en la ley.
2. Consideraciones particulares
También debes conocer las consideraciones particulares de la póliza de seguro, ya que son todas aquellas estipulaciones que regulan aspectos que, por su naturaleza, no son materia de las condiciones generales y son convenidas por mutuo acuerdo de las partes.
Permiten la singularización de las pólizas de seguro, especificando particularidades tales como:
- Requisitos de aseguramiento.
- Especificación de la materia asegurada.
- Individualización del asegurador, contratante, asegurado y beneficiario, si corresponde.
- Descripción, destino, uso y ubicación del objeto o materia asegurada.
- Monto asegurado.
- Prima convenida y su forma de pago.
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